Como os informábamos hace un año y en relación a una Sentencia de la Audiencia Nacional, los trabajadores de las empresas de Contact Center, tienen derecho a cobrar la media de los incentivos y comisiones por ventas (en caso que los tengamos en nuestra campaña) cuando están de vacaciones.
Para calcular esta media debemos que sumar todos los incentivos y comisiones cobrados en nuestras nominas a lo largo del año, dividirlo entre 360 y multiplicarlo por 32. El resultado de esta media se nos tendría que abonar en la nómina de enero.
Como también explicamos en su momento, la patronal recurrió esta sentencia y estamos a la espera de una sentencia definitiva. En el caso que ésta, nos volviera a dar la razón, tendríamos derecho a cobrar esta media.
Pero todos sabemos que “el tener derecho” no es igual a “que te lo paguen”. Deberemos reclamárselo individualmente a Atento. Las demandas por cantidades prescriben al año, y aunque hiciéramos reclamación el año pasado tenemos la necesidad de reclamárselo a nuestra empresa, con el fin que no prescriba nuestro derecho a ese dinero.
Por eso:
- Redacta una carta a la empresa con una reclamación con las cantidades que te deben por cada año 2015,2014 y 2013 en concepto de incentivos en vacaciones.
- Entrega esta carta y quédate con un recibí de la misma.
Y RECUERDA QUE SI TIENES ALGUNA CONSULTA O DUDA PUEDES DIRIGIRTE A CUALQUIER DELEGADO DE UGT