miércoles, 18 de octubre de 2017

TAPONES PARA NACHO


Hoy, miércoles 18 de octubre, hemos efectuado la última entrega solidaria de los tapones de plástico para Nacho. 

¡Queremos agradeceros a todos los que en algún momento habéis contribuido en esta campaña



Queremos volver a recordaros que la campaña sigue activa y siguen habiendo puntos de recogida en varios comercios. 

Vamos a intentar localizar algún punto cercano para poder seguir recogiendo tapones y seguir colaborando. 

Os seguiremos informando!

ATENTO Y LAS PAREJAS DE HECHO




En una publicación anterior os hacíamos un breve resumen de que eran y como se formalizaban las parejas de hecho. Pues bien, hoy queremos informaros de los "beneficios" que os puede traer por ser trabajadores de Atento. 





En nuestro Convenio, dentro de las disposiciones adicionales, "se reconocen los mismos derechos que el Convenio contempla para los y las cónyuges en matrimonio, a las personas que, no habiéndose casado entre ellas, conviven en unión afectiva, estable y duradera, previa justificación de estos extremos mediante certificación de inscripción en el correspondiente registro oficial de parejas de hecho." 

En resumen, las personas inscritas en el Registro de Parejas de Hecho tienen los mismos derechos que recoge el Convenio que cualquier personas casada por lo civil o a través de la religión correspondiente. 

¿A que derechos nos referimos?

Principalmente, la gran ventaja es poder disfrutar de los permisos retribuidos que contempla el artículo 28.

  • 15 días naturales en caso de matrimonio: También corresponderían a las personas que hayan formalizado la unión mediante el Registro de Parejas de Hecho.  

  • 3 días naturales en caso de accidente, enfermedad grave u hospitalización, o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.

  • 4 días naturales en caso de fallecimiento de cónyuge, padres políticos, madres políticas, ...

También hay derechos en otros ámbitos que se escapan al control de Atento. 

  • Pensión de viudedad. 

  • Los mismos derechos sucesorios que el cónyuge viudo. 

  • En algunos casos se reconoce el derecho a percibir una pensión compensatoria en caso de ruptura para el cónyuge desfavorecido. 

  • Subrogación de contratos en caso de fallecimiento de uno de los dos. Aplicable a contratos de alquiler. 

Para mas información podéis visitar la web de la Generalitat pulsando aqui

PAREJAS DE HECHO

Como ya sabéis, en Barcelona y desde hace ya varios años no existía el Registro de Parejas de hecho. Esto ha provocado que aquellas parejas que conviven desde hace tiempo pero que no habían "formalizado" su relación, llegado el caso, no se le reconocieran los mismos derechos que el Convenio contempla para los matrimonios o para aquellas parejas que residen en municipios donde sí existe este registro.


Desde abril existe un registro de Parejas Estables de Catalunya, que nace con la intención de concentrar toda la información referente a las parejas estables (parejas de hecho). 

Así pues, muchas personas pueden hacer uso de esta opción de forma gratuita, y aprovecharse de algunas de las ventajas (no todas) que se disfrutan en caso de matrimonio. Por ejemplo: pensión de viudedad, derecho de sucesiones,...


Que es y quien constituye una pareja de hecho?

Es la formada por dos personas (mayores de edad) que cumplen como mínimo uno de estos tres requisitos:


    - Convivir un mínimo de dos años ininterrumpidos. 
    - Tener un hijo en común durante la convivencia (sin mínimo de tiempo, pero tiene que existir convivencia).
    - Haber formalizado la relación en una escritura publica. 

En ningún caso puedes formar una pareja de hecho aquellas personas menores de edad, aquellas que compartan un grado de consanguinidad de segundo grado o inferior, las personas que consten a todos los efectos casadas (ni separados ni divorciados legalmente) y las personas que convivan con una tercera persona. 



Que me aporta estar inscrito/a como pareja de hecho en un Registro?

Te permitirá acreditar la existencia de dicha pareja al margen de escrituras y actas notariales, de forma gratuita y con la misma validez legal. 



Que se inscribe en el Registro?


En el registro constarán la existencia como la extinción (si la hubiese) de la pareja. La inscripción es voluntaria y no constituyente, es decir, la pareja solo existirá si se cumplen los requisitos establecidos en el Código Civil)

La inscripción de una nueva pareja de hecho en el Registro requiere del consentimiento de ambas personas. En cambio, la solicitud de extinción puede ser hecha por tan solo uno de los miembros.  



Como se rompe una pareja de hecho?
Las posible causas de extinción las recoge el Código Civil en lo relativo a la persona y la familia y son las siguientes: 
    - Fin de la convivencia y de la vida en común.
    - Muerte o declaración de muerte de uno de los dos. 
    - Matrimonio por parte de alguno de los dos.
    - Acuerdo de ambas parte formalizado en una escritura publica. 
    - Voluntad de extinción de uno notificada fehacientemente al otro.


En caso de extinción de la pareja de hecho hay que notificarlo al Registro aportando la documentación que sea necesaria en cada caso según los supuestos anteriores. 



Que documentación necesito?


    - Documento de identificación.


  - Partida de nacimiento expedida dentro de los seis meses anteriores a la solicitud de inscripción en el Registro. 
   - El histórico de certificados de empadronamiento que demuestren el mínimo de dos años ininterrumpidos de convivencia. 
  - En el caso de tener un hijo en común durante la convivencia, aparte de los tres apartados anteriores, habrá que presentar también el libro de familia o la partida de nacimiento donde conste la descendencia de ambos. 


Estos documentos deben ser originales o copias compulsadas.



Como y donde los presento?

De forma presencial: Una única solicitud firmada por los dos + documentación.
De forma telematica: Dos solicitudes (una por cada miembro) + documentación adjunta. 

A demás, se debe firmar una declaración donde conste que no concurre ninguna causa que impida la inscripción como pareja de hecho. 

El formulario de solicitud se descarga desde la web de la Conselleria de Justícia. 



La inscripción es inmediata?


No. Como requiere la comprobación de los datos, la resolución sera notificada a los miembros de la pareja en un máximo de dos meses a partir de la fecha de entrada de la solicitud en el Registro.




viernes, 13 de octubre de 2017

TAPONES SOLIDARIOS: EL DIA 18 REALIZAREMOS LA ULTIMA ENTREGA.

Como todos ya sabéis, vamos a dar por finalizada la campaña de recogida de tapones para Nacho. El próximo miércoles 18 de octubre hemos concertado hora con el camión de la recicladora para la recogida de los sacos de TAPONES SOLIDARIOS que tenemos almacenados. 


Os pedimos que si tenéis tapones en casa, los traigáis como muy tarde el martes 17, para poder tenerlos preparados y así agilizar la entrega el miércoles.

Agradeceros a tod@s vuestra colaboración  e implicación,  durante todo este tiempo y recordaros que que la campaña sigue activa, y nos necesita.

El esfuerzo solidario que hemos hecho durante todo este tiempo no tiene por que acabar aquí. Podéis seguir entregando vuestros tapones en los diferentes puntos de recogida que existen.

Os facilitamos el acceso a la página de Facebook "Tapones Solidarios para Nacho" haciendo click aquí.

CURSO DE FORMACIÓN PENAL


jueves, 5 de octubre de 2017

SENTENCIA: ATENTO VULNERÓ EL DERECHO A HUELGA EN BARCELONA.

Cómo muchos de vosotros recordaréis, durante los días 25 y 26 de Junio y 2,3 y 4 de Julio de 2016 realizamos jornadas de huelga en Atento para reclamar mejoras en nuestras condiciones de Trabajo. 

Las jornadas de huelga, convocadas por UGT y otros sindicatos, fueron todo un éxito. Conseguimos entre otras cosas que muchos trabajadores, que hasta el momento se encontraban en un vacío legal, vieran como sus contratos se convertían en contratos indefinidos.

No obstante  los delegados y delegadas UGT detectamos varias irregularidades durante las jornadas en algunos servicios como Bicing o Endesa. Algunas de estas irregularidades fueron corregidas de inmediato, pero en otros casos esto no fue así.

En el servicio de Endesa se ordenaron Servicios Mínimos a trabajadores cuya única actividad ese día debía haber sido la atención de llamadas de Averías, pero la realidad fue muy diferente. A los trabajadores se les modificaron los Skills, con lo que atendieron todo tipo de llamadas.

La SS. de UGT Atento Catalunya en Barcelona, nos movilizamos rápidamente poniendo los hechos en conocimiento de Inspección de Guardia, quien a su vez se personó en la empresa. Pese a esto Atento no cejó en su empeño repitiéndose irregularidades durante los días siguientes.

Inspección de Trabajo acabó por levantar acta de infracción grave ya que "Atento asignó a los trabajadores convocados con servicios mínimos ... llamadas de otros servicios distintos a averías eléctricas que no tenían la consideración de servicios esenciales para la comunidad"

Con ello Atento vulneró un Derecho Fundamental como es el derecho a Huelga.

El Derecho a la Huelga es un derecho que cuando nos vemos en la necesidad de utilizar repercute en nuestros salarios de forma negativa. No podíamos consentir que Atento se saliera de rositas y no fuera castigada económicamente por desvirtuar el esfuerzo que todos nosotros realizamos durante aquellos días. 

La SS de UGT Atento Catalunya no nos conformamos con esto, y hemos querido llevar a Atento ante la Justicia, denunciándolo en solitario. 

El pasado 21 de Septiembre se celebró juicio. Hoy nos ha llegado la sentencia. Como  no puede ser de otro modo, reconoce y multa a Atento, nuevamente, por la Vulneración de Derechos Fundamentales.