Nos referimos a presentar justificantes
y/o documentación falsos para justificar nuestras ausencias en el
puesto de trabajo.
Estas situaciones pueden provocar un
despido fulminante del puesto de trabajo, si la empresa lo detecta.
Pero no sólo eso, además tanto la empresa como la propia Seguridad Social pueden emprender acciones legales que pueden conllevar un castigo penal.
Nuestro Código Penal en su Art. 392 establece penas de entre 3 meses y 6 años de cárcel, para aquellos particulares que en un documento público:
- Alteraren en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial. Simulen un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
- Hacer suponer en un acto, la intervención de personas que no la han tenido, o atribuir a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes a las que hubieran hecho.
- Faltar a la verdad en la narración de los hechos.
Así que seamos todos consecuentes con nuestros actos.