lunes, 4 de agosto de 2014

ERE ATENTO : COMUNICADO CONJUNTO SOBRE ASAMBLEA Y REFERÉNDUM









¡ATENTO! ¡TÚ DECIDES! ¡DECIDIMOS COLECTIVAMENTE!

El próximo Miércoles 5 de agosto de 2014, tendrá lugar en los centros de trabajo de Atento un referéndum en el que podrá participar la plantilla afectada por el ERE, para decidir colectivamente el futuro de las relaciones laborales y el empleo en la empresa.

Este Referéndum está convocado por la mayoría de la Representación de los Trabajadores/as, en la Comisión Negociadora del Procedimiento de Regulación de Empleo promovido por la empresa. UGT, CCOO y FASGA, lo convocan y vinculan su decisión final al resultado.

Sus representantes en la Comisión, que tienen la mayoría, os ceden la representatividad que les habéis otorgado, ratificarán la posición que se acuerde mayoritariamente en el Referéndum. ¡Tú eliges! ¡Decidimos colectivamente!

Concluido el periodo de consultas, caso de ratificarse la última propuesta en el referéndum y en la Comisión Negociadora, la empresa estaría obligada a su cumplimiento sin posibilidad de modificación de sus contenidos.

Esta última propuesta, resultado del periodo de la Comisión ha conseguido cambios sustanciales en la propuesta empresarial.

PROPUESTA INICIAL

Afectados: 823 despidos forzosos                                
Voluntarios: máximo de un 5%
Criterios: Productividad y Absentismo
Indemnización: 24 días/18 mensualidades
Empleo Estable: Nada
Garantía de Empleo: Nada
Hoja de ruta para la Negociación: Nada y además acordar en esta misma mesa una Distribución Irregular de la Jornada.
Comisión de Seguimiento: Nada
Plan de recolocación Externo: con la empresa MOA.

PROPUESTA FINAL

Afectados: 403 despidos forzosos.
Voluntarios: 269 (40%)
Criterios: Productividad, como principal motivo, y Absentismo Excluidos todos los derechos recogidos en los art. 28 y 29 del Convenio Colectivo.
Indemnización: Para todos los afectados, sean voluntarios o no, 45 días por año trabajado hasta 12-02-12 y 33 a partir de dicha fecha, con el tope legal establecido para los supuestos de despido improcedente.
Empleo Estable: Conversión a indefinidos de un 5% en 2015 y otro 5% para 2016, con carácter adicional a los previsto en Convenio para 2014, con lo que a 2017 serán un 50% los contratos indefinidos en la empresa.
Garantía de Empleo: No ERE en 2 años, salvo causa mayor con un periodo extra de negociación de 1 mes sobre lo establecido por ley
Hoja de ruta para la Negociación: A partir de Septiembre: Formación, Formación para ventas, Régimen de incentivos para ventas.
 Comisión de Seguimiento: para resolver las cuestiones derivadas de la aplicación de la presente oferta.
Plan de recolocación Externo: Se eleva a definitivo con la oferta inicial de MOA.

Caso de rechazarse, la empresa dispone de un plazo máximo de 30 días desde la finalización de las consultas para optar por la decisión motivada que estime por conveniente, pudiendo modificar la propuesta final, con el límite de mínimos de la propuesta inicial.

Esta decisión, notificada a la Autoridad Laboral y la Comisión Negociadora puede ser legalmente ejecutada desde ese momento, produciéndose los despidos y las indemnizaciones en los términos que acuerde la empresa, a partir de estas fechas.

La presentación, en este caso, de demandas colectivas por los Comités y/o organizaciones sindicales representativas, paralizarían los procedimientos judiciales de las demandas individuales, pero no los despidos, pudiendo tardar en resolverse más de 18 meses, caso de que alguna de las partes recurriera ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que sería la competente.

La información recibida y el proceso seguido, a juicio de nuestro Gabinete Jurídico Estatal, podría obtener, en el mejor de los casos, una resolución favorable de “no ajustado a derecho”, que implicaría, automáticamente, la consideración de los despidos efectuados y demandados como “improcedentes”.

Los efectos de esta declaración, en materia de indemnizaciones, serían iguales a los obtenidos mediante la última propuesta de la empresa. Caso de ser contraria, las personas despedidas, voluntarias y forzosas, verían disminuida su indemnización.

Una vez concluido el periodo de consultas, no podemos dejar en manos de la empresa y, en su caso, de los tribunales, nuestro futuro. Podemos y debemos resolverlo nosotros: asegurando el mayor número de empleos y contratos posibles, las mejores indemnizaciones y buenas expectativas de recuperación de empleo en el futuro.

Para CCOO y UGT, el mantenimiento del empleo y la responsabilidad para con la plantilla es su máximo objetivo, mas allá de batallas sindicales, que solo buscan rentabilizar en las elecciones sindicales, un NO perpetuo y estéril.

Sinceramente, lo más fácil es negar la mayor continuamente y escudarse en el desprestigio de los demás. Pero, si de ti dependieran las condiciones de los que se van y los que se quedaran en ATENTO, ¿pasarías de todo? Gracias a que hemos puesto a la empresa contra la pared, en el NO al ERE, una y otra vez, hoy podemos traeros una situación cuanto menos digna de ser analizada desde la objetividad,  para que la podáis refrendar libremente.

Otros os niegan poder decidir sobre la situación más favorable que podríais conseguir tras pleitear durante años y nos acusan de falta de responsabilidad,… pero ¿quién está traicionando el espíritu por el que somos elegidos los Representantes de los trabajadores? ¿No se espera de nosotros perseguir y conseguir las mejores condiciones laborales y sociales para los trabajadores/as y el conjunto de la sociedad?



¡ATENTO! ¡TÚ ELIGES! ¡DECIDIMOS COLECTIVAMENTE!