Ayer empezaron las entrevistas con los compañeros del 010 que en breve pasarán a formar parte de la plantilla de Atento.
Hemos tenido la oportunidad de presentarnos y hablar con algunos de ellos. Estamos pendientes de los trámites que se están llevando a cabo.
Queremos recordaros que el art.18.2 de nuestro convenio, que habla sobre la contratación de trabajadores en el cambio de empresa de Contact Center para prestar servicios a terceros, es muy claro:
"La obligación de contratar prevista en el presente artículo no entrará en vigor respecto de aquellos empleados que, o bien no pongan sus datos a disposición de la nueva contratista, o bien rechacen, en cualquier momento y por cualquier motivo, los requerimientos fehacientes de la nueva contratista para incorporarse al servicio".
Nuestra experiencia, ya que muchos de nosotros también hemos sido subrogados, es que aunque las empresas están obligadas a cederse estos datos (art. 18.1 del Convenio) ... a la hora de la verdad, siempre hay "errores" ... y los que nos vemos perjudicados somos los trabajadores si las categorías no son correctas o no es posible confirmar el cobro de determinado plus. Además hay que tener en cuenta que NO facilitar los datos a la empresa contratista libera a esta de su obligación de contratar
Estamos a disposición de todos los trabajadores del 010 para resolver cualquier duda que se os pueda plantear.